Plan de ayudas a la rehabilitación edificatoria
El pasado día 17 de Marzo se publicó la Orden por la que ya se pueden tramitar solicitudes para nuevas ayudas a la rehabilitación edificatoria.
Estas solicitudes se pueden presentar hasta el 31 de Octubre, y son una prolongación del Plan de Ayudas a la Rehabilitación Edificatoria 2013-2016.
Existe una línea de accesibilidad, en la que son subvencionables las siguientes actuaciones:
a) La instalación de ascensores, salva-escaleras, rampas u otros dispositivos que hagan accesible un itinerario, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial, así como la adaptación de los ya existentes, a la normativa sectorial correspondiente.
b) La instalación o dotación de ayudas técnicas adecuadas tales como dispositivos especiales de acceso tipo grúas, plataformas elevadoras o sistemas análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares.
c) La instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.
d) La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como video-porteros y análogos, adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial.
e) Las obras de redistribución de la tabiquería interior con el objeto de adecuar las dimensiones de los espacios a las necesidades de las personas con discapacidad, así como la adaptación o sustitución de las instalaciones higiénicas y/o aparatos sanitarios a dichas necesidades. Incluyendo los posibles trabajos en instalaciones que se vean afectadas.
Hacemos hincapié en este último punto, pues viene a decir que son subvencionables desde un cambio de bañera por ducha a una adaptación de la vivienda para personas de la tercera edad o con alguna discapacidad. Es algo muy a tener en cuenta por personas que sufren Alzheimer, Parkinson, pérdidas de capacidad motriz (fuerza, flexibilidad, etc…), trastornos de visibilidad o auditivos, etc… porque tener una vivienda adaptada aumenta notablemente su calidad de vida.
La cuantía de las ayudas es:
CASO A: COMUNIDADES DE PROPIETARIOS: 65% del coste con un tope de 12500 € por vivienda (por ejemplo, instalar un ascensor)
CASO B: VIVIENDAS INDIVIDUALES (PISOS O CASAS): 70% del coste, con un tope de 2500 € en el caso general, y de 7500 € para personas mayores de 65 años o que acrediten discapacidad.
Dado que a finales de este año los edificios deben cumplir con los criterios de accesibilidad que marcan desde Europa, es una buena oportunidad aprovechar estas .
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